Acerca del DLSN
1. Planificación. Objetivo
La meta alcanzada fue construir el Digesto de la Legislación Sanitaria Nacional en base a categorías temáticas, abarcando en cada una de ellas, todas aquellas normas afines a la materia por el objeto principal regulado.
El objetivo principal consiste en sistematizar el conjunto legislativo sanitario nacional, en su principal tipo jurídico: “Ley”, y conjuntamente, democratizar el acceso a la información sanitaria.
Con ese fin, se organizaron e insertaron las leyes sanitarias vigentes, en veintiuna (21) categorías temáticas, las que constituyen una colección normativa específica denominada “Digesto de la Legislación Sanitaria Nacional” (DLSN).
2. Justificación
El derecho sanitario constituye una rama jurídica que no ha sido debidamente sistematizada, una especialidad que se desarrolló normativamente en forma fragmentada, falencia ésta que se ve plasmada en un ordenamiento vigente que contiene normas sanitarias emanadas, unas, de gobiernos constitucionales y otras, del poderes fácticos no democráticos, normas que no acompañaron el cambio sociopolítico, histórico y cultural que ha experimentado la sociedad argentina en las últimas décadas.
La relevancia del derecho sanitario no ha sido receptada por los gestores del sistema de información y formación sistemática jurídica.
Por lo expuesto, el derecho sanitario vigente es una rama del derecho poco conocida por la ciudadanía, a pesar de que estas normas regulan derechos fundamentales de la persona humana, como los derechos a la salud y a la vida.
En la frágil manifestación del dominio de la legislación sanitaria como disciplina subyace la dificultad relacionada con la falta de conocimiento y el manejo de la información en diferentes entornos. La suma de estos factores ha convertido a esta rama en una especialidad compleja e inaccesible, poco certera en relación a los derechos y garantías que se encuentran reconocidas en la legislación sanitaria.
Como muestra acabada de las circunstancias y hechos expuestos, en el año 1998 se dispuso por decisión legislativa la elaboración del Digesto Jurídico Argentino (DJA), en el cual, la legislación en salud no fue incluida como una categoría autónoma del derecho nacional (Conf. Art. 7º Ley 24.967); error que intentó ser subsanado parcialmente al incorporar al Digesto Jurídico Nacional la “Categoría Administrativo – Salud (ASA)” (Aplic. Art. 7º Ley 26.939/2014).
La normativa que, ley a ley, fue engrosando el marco de la legislación sanitaria nacional vigente, no fue creada con una visión política estratégica de la salud; esto es, no se legisló el sistema de salud como un todo integral.
Por lo dicho anteriormente y por ser la autoridad rectora en salud, el Ministerio de Salud asumió la responsabilidad y el desafío de repensar el derecho sanitario, situando a la persona humana como centro del derecho sanitario y la salud pública.
Pensar al derecho a la salud como derecho fundamental de la persona humana y a las normas como instrumentos necesarios para hacer valer los derechos de los ciudadanos, implica dar un gran paso hacia la reorganización del espacio normativo en la materia.
Era necesario comenzar a ordenar de forma simple y sistemática las leyes que forman hoy, la base normativa nacional del derecho sanitario argentino, brindando a la sociedad un sitio oficial que pusiera al alcance de todos y todas las reglas que ordenan el sistema sanitario.
El DLSN se creó con el objeto general de lograr que los ciudadanos tengan acceso a un entendimiento claro y llano de las leyes que en salud los rigen y que deben observar; para colaborar con los órganos administrativos en la correcta gestión de los asuntos públicos sanitarios; además, a fin de conseguir que los actores del sector salud, ya sean personas físicas y/o jurídicas, conozcan y cumplan (o puedan hacer cumplir) en tiempo y forma, las reglas jurídicas establecidas por las normas sanitarias.
En suma, con el espíritu de la mejora permanente y con la idea rectora de la modernización del estado nacional, en pos de lograr eficiencia y eficacia en la gestión de gobierno, se planificó, se desarrolló y se editó el Digesto de la Legislación Sanitaria Nacional.
3. Objetivo específico
La idea fuerza fue desarrollar una construcción normativa organizada, presentando el conjunto de la normativa sanitaria vigente en materia de salud, ordenada en categorías temáticas armoniosamente integradas y adaptadas al contexto axiológico, jurídico y científico actual.
El “Digesto de la Legislación Sanitaria Nacional” (DLSN) se presenta como un desarrollo inédito, fundado en pilares constitucionales, planificado estratégicamente para contribuir en la materialización del derecho humano a la salud (1), en el marco del sistema democrático, de la defensa de los derechos humanos, de los 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) impulsados por la Organización de las Naciones Unidas (2), de la igualdad de género (3) y de la reafirmación de los postulados de la Organización Mundial de la Salud (OMS) y de la Organización Panamericana de la Salud (OPS).
El DLSN se constituye en la plataforma jurídica de la normativa sanitaria nacional que se pone a consideración del Honorable Congreso de la Nación a fin que, con las adecuaciones que los legisladores consideren correspondientes, el Digesto de la Legislación Sanitaria Nacional se convierta en ley de la Nación.
4. Estructura
El DLSN reivindica a la legislación sanitaria como un todo, es decir, que son parte de esta construcción normativa el total de las leyes sanitarias nacionales vigentes, agrupadas en categorías temáticas de fácil acceso para la población.
Las categorías temáticas fueron diseñadas para que los distintos grupos sociales (profesionales, estudiantes, investigadores) y la población en general, puedan identificar de modo sencillo la norma requerida, en relación al objeto que regula.
a) Catalogación de la Legislación Sanitaria Nacional Vigente
El DLSN se elabora conforme la suma sistematizada de las leyes sanitarias nacionales vigentes.
La organización propuesta comprende los siguientes tipos jurídicos:
• Leyes
• Decisiones administrativas
• Decretos de Necesidad y Urgencia
• Decretos
• Resoluciones
• Disposiciones
b) Categorías temáticas (CT).
Las leyes sanitarias nacionales se agrupan en categorías o campos temáticos. Dentro de algunas categorías (Enfermedades, Persona humana, Salud pública, Salud sexual y Obras sociales) se presentan subcategorías, con el objeto de facilitar la búsqueda de los usuarios del sistema.
Las CT que integran el DLSN son las siguientes:
1) ALIMENTOS
2) BIOÉTICA
3) CONCIENTIZACIÓN SOCIAL
4) DERECHOS DE LOS PACIENTES
5) DISCAPACIDAD
6) DROGAS
7) ENFERMEDADES
• Adicciones
• Celiaquía
• Infectocontagiosas
• Hematológicas
• Metabólicas / Cardiovasculares
• Neurológicas
• Otorrinolaringológicas
• Tumorales
8) EQUIPO DE SALUD
9) FARMACIA
10) INSTITUCIONAL
11) MEDICAMENTOS
12) MEDICINA PREPAGA
13) NORMAS SANITARIAS DE DERECHO INTERNACIONAL PÚBLICO
• Mercosur
• Tránsito Interprovincial e Internacional
14) OBRAS SOCIALES – SEGURO DE SALUD
• INSSPJYP - PAMI
15) OMS/OPS
16) PERSONA HUMANA
• Mujer
• Recién nacido
• Niñas, niños y adolescentes
• Persona mayor
17) SALUD MENTAL
18) SALUD PÚBLICA
• Aguas
• Cannabis – uso Medicinal
• Educación
• Emergencia sanitaria
• Electrodependientes
• Infracciones
• Inmunización
• Leche medicamentosa
• Prevención
• Regulación y fiscalización
• Servicio de atención médica integral para la comunidad
19) SALUD SEXUAL. REPRODUCCIÓN ASISTIDA. ORIENTACIÓN SEXUAL E IDENTIDAD DE GÉNERO.
• Salud sexual
• Reproducción médicamente asistida
• Orientación sexual e identidad de género
20) SANGRE HUMANA
21) TRASPLANTES
Texto Ordenado
El DLSN se elaboró en su integridad (Leyes y Decretos Reglamentarios) en base a textos ordenados4 (Textos Actualizados).
Leyes. Reglamentaciones. Normativa complementaria
El DLSN permite acceder a los textos completos de las leyes y los decretos reglamentarios. Se reenvía a bases de datos legislativos oficiales especializadas para acceder a los textos legales que complementan aquella normativa (Resoluciones, Disposiciones).
Sitio Web del DLSN.
El portal web del DLSN ha sido diseñado sobre una plataforma semántica de vanguardia, mediante un software de uso libre y gratuito, a través del cual los usuarios podrán visualizar y/o acceder a la colección normativa de marras en tiempo real.
1 Art. 75, Inc. 22 CN. 2 En 2015, la ONU aprobó la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, una oportunidad para que los países y sus sociedades emprendan un nuevo camino con el que mejorar la vida de todos, sin dejar a nadie atrás. La Agenda cuenta con 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible, que incluyen desde la eliminación de la pobreza hasta el combate al cambio climático, la educación, la igualdad de la mujer, la defensa del medio ambiente o el diseño de nuestras ciudades. En materia de Salud - ODS Nº 3: Salud y Bienestar. “Garantizar una vida saludable y promover el bienestar para todos en todas las edades.” 3 17 Objetivos de Desarrollo Sostenible: ODS Nº 5º. 4 Se denomina “texto ordenado”, al texto normativo que ha sido modificado una o más veces, receptando todas las alteraciones sufridas.